Se ha definido el Derecho Sucesorio como “el conjunto de normas jurídicas destinadas a regular la suerte del patrimonio de una persona con posterioridad a su fallecimiento”. Coloquialmente denominamos a este conjunto de normas como Herencia. Así las cosas, la herencia es un conjunto de bienes, derechos y obligaciones que se transmiten cuando fallece una persona; normalmente está sujeta a una multitud de controversias o problemas, respecto a quienes son los beneficiarios de la misma (Herederos, Legatarios). Los problemas suelen manifestarse cuando la persona que fallece ha dejado varios herederos, y uno o más bienes a repartir, es por ello que cuando el o la fallecida no ha dejado testamento la ley establece ordenes de sucesión, para más detalles ve mis publicaciones destacadas https://www.instagram.com/abogadadeherencias/
En Derecho Sucesorio, la partición se entiende como el acto de separación, división y distribución que se hace de una cosa común entre las personas que heredan a la persona fallecida.


